CONCEPTOS JURÍDICOS COMPLEMENTARIOS
Los conceptos jurídicos complementarios se
denominan de esta manera porque aportan a los conceptos jurídicos
fundamentales aquello que les falta. Complementan y dotan de mayor sentido a
estos últimos. Pueden dividirse:
Competencia: capacidad de los entes públicos para obligar jurídicamente a los
ciudadanos. Por tanto, es la facultad que tienen de dictar normas que regulen
los comportamientos de las personas que formen parte de una sociedad.
Responsabilidad:
facultad de los ciudadanos de poder resarcir la pérdida de
bienes o derechos a causa del incumplimiento de una norma. Este concepto
intenta restablecer el equilibrio y reparar el daño.
Obligaciones:
relación jurídica entre dos sujetos. Normalmente se basa
en un acuerdo o contrato. De esta forma, una parte podrá obligar a otra a “dar,
hacer o no hacer algo” según lo pactado.
CONCEPTOS JURÍDICOS INDETERMINADOS
Resumiendo
lo que dice el diccionario panhispánico del español jurídico, este concepto se
utiliza cuando no puede deducirse con seguridad
qué pretendía regular la norma. Por tanto, no se alcanza una solución
correcta al caso concreto.
Cuando se produce este hecho, del derecho otorga libertad de interpretación para que puedan seguirse las diversas opciones que podrían contemplarse. Dando así una solución más justa al caso concreto.
Las normas jurídicas que regulan nuestras
sociedades están basadas en supuestos jurídicos. Estos son hipótesis, como ya
habrás visto antes. Al cumplimiento o no de cada hipótesis o presupuesto de
hecho se le asignará una consecuencia jurídica. Cada supuesto jurídico tiene
una consecuencia jurídica.
Lo que suele pasar en muchos casos es que estos
supuestos jurídicos no son precisos. Así, los legisladores emplean la indeterminación como forma de ir
modelando la norma según se produzcan diferentes sucesos sociales.
Un
buen ejemplo lo hemos visto ahora en España con los conceptos de “abuso sexual”. Es un concepto bastante
abstracto y difícil de regular. Por tanto, queda sujeto a una indeterminación.
De
esta forma, podrá interpretarse de un modo u otro dependiendo del caso
concreto. Así, caso tras caso, los legisladores podrán ir precisando mejor
tanto el concepto como sus consecuencias.
Te
mostraré algunos ejemplos de conceptos jurídicos indeterminados que son
habituales en las normas españolas y de otros países:
Razonabilidad:
lo determina la costumbre del país o región. Se define como “algo
que es acorde con la razón”. Pero la razón es algo
muy abstracto, por lo tanto, serán las costumbres las que establezcan qué es “estar
acorde con la razón”.
Diligencia de un buen padre de familia:
¿qué es eso de ser un buen padre de familia? Tendrá que
volver a ser la costumbre del lugar la que defina este concepto tan abstracto.
Seguridad pública o el orden público:
¿cuántas veces habrás escuchado que se prohíbe tal
manifestación por razones de seguridad o de orden público? Pero qué o quién
determina lo que es la seguridad o el orden público. Cómo se define. Volvemos a
lo mismo, la costumbre del país, región o lugar.
Justa causa o interés social: ¿qué o quién determina cuando algo es justo y cuando tiene interés
social? Otros dos conceptos claramente indeterminados.
El Derecho está lleno de indeterminaciones que
dan lugar a distintas interpretaciones. Todos estos conceptos jurídicos hacen
que nazcan normas para aquellos supuestos que no se pueden prever pero que
tienen que estar regulados.
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